Rendición de cuentas de contraloría y personería
El contralor y el personero deben presentar en los diez primeros días del mes los informes de rendición de cuentas por acuerdo del reglamento interno de la corporación. Sin embargo, a la fecha el único que lo ha presentado es el contralor, así lo expresó Carlos Carreño, presidente del Concejo municipal “el contralor radicó su informe en el término correspondiente, pero el personero no lo ha hecho aún”.
El próximo 29 de julio sustentarán los informes de rendición de cuentas para realizar el control pertinente en cada dependencia.
Escrita por: Deicy Herrera Hernández