Columna de Opinión

Henry Chingaté Hernández, construyendo una cultura de respeto, a las normas y señales de tránsito

En mis conferencias de seguridad vial, digo a los asistentes, que son usuarios de las vías, que de nada sirve que me escuchen, si no respetamos y aplicamos las Leyes hechas por el Congreso de la República de Colombia, en lo referente al tránsito, y al transporte. 

El conducir una unidad montada en ruedas, llámese, bicicleta, motocicleta, automóvil, bus, camioneta, tractocamión, etc, es un riesgo, permitido, por el Estado Colombiano, por ende, el principio de confianza, significa, que todos los usuarios de las vías incluidos los peatones, tenemos la obligación de respetar y cumplir las normas y señales de tránsito y las normas del transporte.  

El Código Nacional de Tránsito, permite la expedición de una licencia para conducir, a quien cumpla unos requisitos, como lo son: 

Primero, tener mínimo 16 años, que es la edad donde se considera sabe el adolescente, ya es responsable, va a actuar con responsabilidad, y respeto a las normas.

Segundo, saber leer y escribir, que es un requisito mínimo para los conductores, quienes constantemente deben leer e interpretar las señales en las vías, y leer todas las normas que frecuentemente regulan el tránsito y el transporte en Colombia. El desconocimiento de la Ley, no sirve de excusa, y se presume, que todos los conductores conocen muy bien las normas jurídicas, referentes a la conducción de vehículos y el uso de las vías.

Tercero, aprobar examen teórico práctico, que certifique las aptitudes, en conducción de vehículos, proferido por un centro de enseñanza, autorizado por el Ministerio de Transporte. Es aquí, donde encontramos el gran problema, debido a que algunos centros de enseñanza no se preocupan en que el aspirante a tramitar su licencia de conducción, tenga las competencias, las habilidades, y el conocimiento de la Ley 769 de 2002, C.N.T. y demás normas concordantes al tránsito y transporte, que son obligatorias para todos los usuarios de las vías, tenerlas en la mente, para toda la vida.

Cuarto, obtener certificado favorable en actitud física, mental y coordinación motriz para conducir, donde es obligatorio examen para determinar la capacidad visual, discriminación de colores, orientación auditiva, coordinación integral motriz del conductor, tiempos de reacción, recuperación al encandilamiento, capacidad de coordinación entre aceleración y frenado, otorgado por un centro de reconocimiento para conductores (CRC). 

Por esas razones, estos requisitos teórico prácticos, son tan importantes para el Estado y debería haber intervención control y vigilancia a estas escuelas de enseñanza automotriz por parte del Ministerio de Transporte, para que se expidan las licencias cuando verdaderamente se reúnan y cumplan con los estándares de calidad, cuando el aspirante conozca muy bien el Código Nacional de Tránsito, toda vez que es en estos cursos de conducción, donde se debe enseñar la normatividad jurídica sobre el tema, y advertir a los interesados en obtener la licencia de conducción, que siempre se debe cumplir y respetar las normas y señales de tránsito y transporte. 

Las escuelas de enseñanza automovilística, deben exhortar y advertir a los aspirantes a obtener la licencia de conducción, que en el evento de cometer infracciones a las normas de tránsito, y reincidir en ellas, la Ley 769 de 2002, N.C.T., dentro de un debido proceso (Art.29 de la Constitución Nacional), un funcionario competente, le suspenderá la licencia de conducción por un término de seis meses, la primera vez, y por un año la segunda vez, al reincidir.  

El Código Nacional de Tránsito, señala, que reincidencia es el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito dentro de un periodo de seis meses. 

En España, el trámite para la expedición de un permiso para conducir, demora en promedio de 6 a 7 meses. En Colombia, en media hora entregan una licencia de conducción a un conductor, así no conozca las normas de tránsito, o no sepa conducir, y sin evaluar minuciosamente los conocimientos teorico-practicos. En consecuencia, existen muchos accidentes o siniestros, riñas, incitaciones a la violencia, intolerancia y comportamientos inadecuados que atentan contra de la convivencia, generando comparendos por irrespeto a las normas, a las autoridades y a las señales de tránsito. 

Es por ello, que hoy invitamos a todos los usuarios de las vías, a construir una cultura de respeto, a las normas y señales de tránsito y transporte. 

HENRY CHINGATÉ HERNÁNDEZ

Abogado Especializado, Profesor Universitario, Conferencista. 

Cel.3142604020.

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